El sábado 4 de junio se publicó en el BOE la Convocatoria del año 2011 para la concesión a entidades PUBLICAS y PRIVADAS, de ayudas correspondientes al subprograma de actuaciones científico-tecnológicas en los parques científicos y tecnológicos, dentro de la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológico 2008 -2011 (INNPLANTA).
Algunas cuestiones importantes:
– Solo se presentan a esta convocatoria de ayudas las entidades instaladas o en vías de instalación en Parques Científicos y Tecnológicos.
– La tramitación se realizará exclusivamente de forma telemática, utilizando firma electrónica avanzada.
– Hay tres tipos de actuación:
o Estudios de viabilidad para la implantación o mejora de infraestructuras científicas y tecnológicas
o Proyectos de implantación o mejora de infraestructuras utilizables en actuaciones científicas y tecnológicas.
o Proyectos de adquisición de equipamiento de infraestructuras científicas y tecnológicas
– Para poder realizar telemáticamente el envío de la solicitud es necesario dar de alta al representante legal de la empresa solicitante a través del Registro Unificado de Solicitantes.
– Las ayudas son en forma de préstamo:
o Para los proyectos de adquisición de equipamiento científico y/o técnico, al 0 % de interés, con 6 años de amortización (incluidos 2 de carencia)
o Para los estudios de viabilidad y los proyectos de implantación o mejora de edificios e infraestructuras para I+D+i, al 3,06 % de interés, con 12 años de amortización (incluidos 3 de carencia)
– Se financia hasta el 75% del presupuesto financiable
– Se financian los siguientes gastos:
o Adquisición de equipamiento científico y/o técnico.
o Edificios e infraestructuras para I+D+i.
En caso de edificios e infraestructuras de utilización compartida para actividades de I+D+i y para otros usos, únicamente se considerárá gasto financiable, los correspondientes al edificio o infraestructura o parte de los mismos destinado a las actividades de I+D.
– Los proyectos o actuaciones están sujetos a efecto incentivador, por lo que el proyecto o actuación no deberá comenzar antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayudas.