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Publicado las nuevas condiciones de financiación de los instrumentos del CDTI

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Financiación de proyectos de I+D+i
Los proyectos de Investigación y Desarrollo son proyectos empresariales de carácter aplicado para la creación y mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio presentados por una única empresa o por una agrupación empresarial. Dichos proyectos pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.
Se distinguen tres categorías de proyectos:
A. Proyectos de I+D Individuales:
• Beneficiarios: Empresas
• Duración del proyecto: La duración de estos proyectos podrá ser de 12 a 36 meses.
• Presupuesto del proyecto: El presupuesto mínimo elegible será de 175.000 €.
B. Proyectos de I+D en Cooperación Nacional:
• Beneficiarios: Se requiere la formalización de una Agrupación de Interés Económico (AIE) o consorcio regido por un acuerdo privado de colaboración, constituidos por, como mínimo, dos empresas autónomas. Se valorará la creación de consorcios equilibrados, que cuenten con un tamaño adecuado para garantizar una gestión eficaz. En proyectos de menos de 3 M€ el número máximo de empresas participantes será de 6 y por encima de este presupuesto podrán participar hasta 10 empresas.
• Duración del proyecto: La duración de estos proyectos podrá ser de 12 a 36 meses.
• Presupuesto del proyecto: El presupuesto mínimo financiable será del orden de 500.000 €, con un presupuesto mínimo por empresa será de 175.000 €. El reparto de la participación de cada empresa (o grupo de empresas vinculadas o asociadas) deberá ser equilibrado, no superando en ningún caso la participación de una única empresa el 65% del presupuesto total del proyecto.
C. Proyectos de Cooperación Tecnológica Internacional:
Los proyectos de cooperación tecnológica internacional tanto a nivel multilateral (EUREKA e IBEROEKA), como bilateral, son proyectos de I+D promovidos por consorcios internacionales que permiten a las empresas españolas reforzar sus capacidades tecnológicas, ampliando al mismo tiempo el impacto de sus productos, procesos y servicios en los mercados globales.
La participación española podrá financiarse mediante un proyecto individual o un proyecto en cooperación nacional en función del número y tipo de participantes.
Estos proyectos están sometidos a un proceso de certificación reglado, variable en función del programa en el que se enmarque, obteniendo como resultado un sello internacional que certifica el carácter internacional del proyecto.
• Beneficiarios: Empresas a título individual o bien una AIE o un consorcio constituidos por, como mínimo, dos empresas autónomas.
• Duración del proyecto: La duración de estos proyectos podrá ser de 12 a 36 meses.
• Presupuesto del proyecto: El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 €. En el caso de proyectos desarrollados por un consorcio o AIE el presupuesto mínimo del proyecto será del orden de 500.000 €.
• Modalidad y cuantía de la financiación:
La modalidad de ayuda al proyecto será una Ayuda Parcialmente Reembolsable, con una cobertura financiera hasta el 75% del presupuesto total aprobado, pudiendo alcanzar hasta el 85% con carácter excepcional. Esta ayuda puede contar con un tramo no reembolsable (TNR) que dependerá de las características del proyecto y del beneficiario. Por tanto, la ayuda CDTI puede distribuirse de la siguiente manera:
o Un tramo reembolsable (TR) en un plazo de 10 años, contados a partir del centro de gravedad del proyecto, que se calcula en función de la duración del proyecto y el importe de los hitos presupuestarios. El primer reembolso se realiza 3 años después del centro de gravedad del proyecto, con un mínimo de 2 años desde su fecha de finalización. Este TR tendrá un tipo de interés fijo igual a Euribor a un año + 0,1%, que se establecerá en el momento de la aprobación del proyecto.
o Un TNR modulado en función de las características del proyecto, del beneficiario y del origen de fondos utilizado para la financiación. Este tramo estará condicionado a la disponibilidad de fondos.
Asignación del Tramo no Reembolsable (TNR) en función de las características del proyecto de I+D y del beneficiario
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO % TNR
Proyectos de I+D desarrollado por una PYME [1] 5%
Proyectos de I+D cofinanciados por el Fondo Tecnológico (sujeto a disponibilidad de FT en la región) Convergencia y phasing out 20%
Phasing in 15%
Competitividad 10%
Proyectos de I+D cofinanciados con el Mecanismo Financiero del Espacio Económico Europeo -EEA Grants- (sujeto a disponibilidad de fondos). 20%
Participación efectiva, mediante subcontratación, de entidades de investigación (al menos el 10% del presupuesto elegible) 10%
Cooperación Tecnológica Internacional (programas multilaterales y bilaterales) 18%
Todos los porcentajes de la tabla están referidos a una cobertura financiera de la ayuda de hasta el 75% del presupuesto del proyecto. si hubiera cobertura financiera adicional, ésta se concederá en forma de ayuda reembolsable.
o Proyectos de I+D cofinanciados con Fondo Tecnológico: sujeto a disponibilidad de Fondo Tecnológico en la región.
o Subcontratación a entidades de investigación de al menos el 10% del presupuesto elegible: Proyectos orientados a fomentar una cooperación efectiva y relevante entre empresas y organismos de investigación (Universidades, OPIs y Centros de Innovación y Tecnología). La colaboración debe ser relevante tanto cuantitativa (al menos un 10% del presupuesto del proyecto) como cualitativamente (debe recoger actividades de I+D y no de mera prestación de servicios). Sujeto a disponibilidad de fondos.
o Cooperación Tecnológica Internacional: Proyectos asociados a la participación española en proyectos consorciados de carácter internacional desarrollados en el marco de alguno de los diferentes programas de cooperación tecnológica internacional que gestiona el CDTI. Para acogerse al tramo de bonificación indicado los proyectos deberán estar en posesión del correspondiente sello que certifique la existencia de cooperación entre entidades y el carácter internacional de la propuesta.
o Proyectos de I+D cofinanciados con el mecanismo EEA Grants: Sujeto a disponibilidad de fondos.
Las bonificaciones de TNR no serán acumulables.
Criterios de evaluación de propuestas:
o Calidad científico-técnica de la propuesta y grado de innovación.
o Capacidad técnica y financiera de la empresa para realizar el proyecto.
o Capacidad de la empresa para explotar los resultados.
o Mercado potencial de los desarrollos a realizar.
o Impacto sobre la internacionalización de las actividades de la empresa.
o En el caso de proyectos en cooperación, complementariedad y equilibrio del consorcio.
Anticipos y Prefinanciación:
Proyectos Cofinanciados por el Fondo Tecnológico.
o Anticipos del 75%. En proyectos cofinanciados por el Fondo Tecnológico (Fondo FEDER), el CDTI puede conceder anticipos del 75% de la ayuda comprometida. Estos anticipos han de ir avalados por una entidad bancaria con solvencia suficiente a juicio del CDTI o por un aval del Instituto de Crédito Oficial (ICO), otorgado al amparo del sistema de garantías denominado JEREMIE, desarrollado en colaboración con el CDTI. El detalle de la operativa y las condiciones financieras de los avales JEREMIE puede consultarse en la web de ICO.
Para acceder a estos anticipos del 75% de la ayuda comprometida, la empresa también puede aportar avales concedidos por otras instituciones financieras con solvencia suficiente a juicio del CDTI.
Proyectos no cofinanciados por el Fondo Tecnológico.
o Anticipos del 25%. Para los proyectos de I+D no cofinanciados por el Fondo Tecnológico, la empresa podrá optar a un anticipo del 25% de la ayuda concedida con un límite de hasta 300.000 €, sin exigencia de una garantía adicional a las condiciones financieras aprobadas para la financiación del proyecto.
Importante: Con el fin de asegurar el carácter incentivador de la ayuda, sólo se podrán financiar proyectos que no hayan comenzado con anterioridad a la fecha de entrada de la solicitud. Con anterioridad a esta fecha sólo se podrán haber realizado estudios de viabilidad.
Solicitud: Se puede presentar todo el año a través de la aplicación telemática. La empresa puede presentar la información completa o bien una prepropuesta, lo que le permitirá recibir una primera valoración sin tener que preparar una memoria completa.
Medidas extraordinarias
Exención de garantías a las Pequeñas Empresas hasta un importe máximo de 250.000 euros por empresa y conjunto de empresas vinculadas o asociadas, condicionado al análisis financiero de la entidad.
Esta medida estará vigente hasta abril de 2013.